Questão
de Ética

Volumen VI · ¿A quién le debemos consideración moral? · capítulo 2

¿Es el criterio de la sintiencia, en el fondo, antropocéntrico?

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El criterio de la sintiencia no es antropocéntrico: no toma en cuenta a los animales porque se parezcan a los humanos, sino porque pueden ser dañados y beneficiados, algo que la razón o el lenguaje no determinan.

Texto original Luciano Carlos Cunha · Volumen VI, p. 14 de la edición en PDF · traducción al español

Los defensores del eligen una característica típicamente humana (por ejemplo, el modo de razonar) y atribuyen a los animales no humanos según su grado de semejanza con los seres humanos en esa característica. A veces se acusa a los defensores del criterio de la de hacer lo mismo9: advierten que la sintiencia es una característica de los seres humanos y eligen considerar solo a los seres que son sintientes (excluyendo, por ejemplo, a las plantas, los hongos y las bacterias). La objeción concluye que, en ambos casos, solo recibe consideración quien tenga semejanzas con los seres humanos (y lo único que cambia en cada caso es la característica elegida como patrón de semejanza).

La principal respuesta a esta crítica señala dos cosas.

En primer lugar, hay una diferencia entre utilizar el modo de razonar y utilizar la sintiencia como criterio de : como vimos en el capítulo 1, el primero no determina quién puede ser perjudicado o beneficiado, y la segunda sí.

En segundo lugar, no es que los defensores del criterio de la sintiencia postulen primero que los seres humanos importan y luego busquen, entre los animales que pretenden considerar también, alguna semejanza con los seres humanos. No están sosteniendo: “debemos considerar a los seres sintientes porque se parecen a los humanos”, sino exactamente lo contrario: “debemos considerar a los humanos porque son sintientes”. El criterio de la sintiencia seguiría indicando qué seres pueden ser perjudicados y beneficiados (y, por lo tanto, cuáles deben recibir consideración moral) aunque los seres humanos no fueran sintientes. Así, es falso que el criterio de la sintiencia sea, en el fondo, antropocéntrico.

Texto de Luciano Carlos CunhaColección Un recorrido por la ética animal, Volume VI
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Practica

Capa de estudio. Las respuestas se basan en el texto del capítulo.

¿Cuál es la diferencia entre usar la razón y usar la sintiencia como criterio?

Los defensores del criterio de la sintiencia dicen que debemos considerar a los seres sintientes porque...

Para pensar

Si descubriéramos un ser sintiente que no se pareciera en nada a nosotros, ¿debería contar?

Notas del autor 1
  1. 9 Para un ejemplo de esta acusación, ver (1981, p. 20, 21). ↩
Fuentes citadas en este texto 1

La lista completa del volumen está en las referencias del Volumen VI.

  • REGAN, T. The Nature and Possibility of an Environmental Ethic. Environmental Ethics, vol. 3, n. 1, p. 19-34, 1981.

Este capítulo en el Volumen XII

Cómo resume el autor este debate en Lo esencial sobre ética animal.

El criterio de la sintiencia es antropocéntrico, pues busca en los animales una similitud con los humanos (la sintiencia). (VI, cap. 2)
El criterio de la sintiencia no defiende que debamos considerar a los animales sintientes porque se parecen a los humanos, sino porque pueden ser perjudicados y beneficiados.

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