Volumen VI · ¿A quién le debemos consideración moral? · capítulo 1
¿Qué es relevante para saber a quién le debemos consideración?
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Un criterio solo está justificado si se basa en una distinción relevante para la cuestión; para saber a quién darle consideración, lo relevante es poder ser dañado o beneficiado, lo que lleva al criterio de la sintiencia.
Para elegir quién va a operar en un hospital, miramos su habilidad como cirujano, no el color de su pelo. Para elegir quién merece cuidado, miramos si ese alguien puede sentir, no su especie.
Un examen para pilotos que evaluara la estatura de los candidatos, y no su habilidad para pilotar, estaría usando un criterio irrelevante.
- P1 Un criterio solo está justificado si se basa en una distinción relevante para la cuestión que pretende responder.
- P2 La cuestión de la consideración moral trata de quién puede ser dañado o beneficiado por nuestras decisiones.
- P3 Ser sintiente es lo que hace que alguien pueda ser dañado y beneficiado.
- C Por lo tanto, la sintiencia es el criterio relevante para la consideración moral.
El argumento central del capítulo en forma lógica. Si las premisas son verdaderas, la conclusión se sigue. Para discrepar, tienes que mostrar qué premisa es falsa.
Dicen “Cada quien elige el criterio que quiera para decidir quién importa.”
Respuesta Los criterios tienen que ser relevantes para la pregunta. Nadie aceptaría elegir cirujanos por el color del pelo; tampoco tiene sentido decidir por la especie quién puede ser dañado.
Más objeciones y respuestas en Desmontando objeciones.
Texto original Luciano Carlos Cunha · Volumen VI, p. 8 de la edición en PDF · traducción al español
1.1. Doble rasero
Los animales no humanos son explotados y matados por los seres humanos todos los días con los más diversos fines. Se los usa como alimento, vestimenta, modelos de pruebas, para entretenimiento, ocio y como trabajadores o herramientas. Estas prácticas causan sufrimiento y muerte a un número gigantesco de animales no humanos y son ampliamente aceptadas. Sin embargo, si las víctimas fueran humanas, esas prácticas se considerarían monstruosas.
Además de ser víctimas de prácticas humanas, los animales también se ven gravemente perjudicados por procesos naturales como la desnutrición, el hambre y la sed, las enfermedades, las lesiones físicas, el estrés psicológico, los fenómenos meteorológicos hostiles, los desastres naturales y los conflictos interespecíficos, intraespecíficos y sexuales. Esta es la situación típica de la mayoría de los animales que se encuentran en la naturaleza. La visión predominante es que no deberíamos ayudarlos: en lugar de ello, deberíamos dejar que la naturaleza siga su curso. Pero, de nuevo, si las víctimas fueran humanas, la visión predominante sería la opuesta (es decir, que deberían emplearse recursos para ayudarlas).
Estas actitudes revelan que buena parte de las personas aplica un doble rasero, según la especie de los afectados por su decisión. Si son animales no humanos, no reciben ayuda, son torturados y matados. Si son humanos, reciben plena . Se trata, por lo tanto, de un patrón moral especista . porque daños y beneficios de magnitud similar reciben una importancia diferente según la especie de los afectados. Antropocéntrico porque desfavorece a quien no pertenece a la especie humana.
1.2. Intentos de justificar el especismo antropocéntrico
Son varios los intentos de justificar este doble rasero moral1. Entre los motivos más invocados para intentar justificar que solo importa el bien de los seres humanos, o que importa en mayor grado, están:
(1) El propio hecho de pertenecer a la especie humana.
(2) El hecho de pertenecer a la misma especie a la que pertenecemos.
(3) Afirmaciones metafísicas, como la de que los seres humanos fueron creados a imagen y semejanza de un creador; tienen una relación especial con ese creador; poseen un alma inmortal; poseen dignidad; pertenecen a una categoría ontológica superior, etc.
(4) La afirmación de que los seres humanos poseen (o tienen el potencial para) capacidades como la razón, el lenguaje, la libertad, la , el sentido de la justicia, la autonomía, la cultura, la de establecer acuerdos mutuos, la de respetar derechos, la de reivindicar derechos, etc.
(5) La afirmación de que los seres humanos poseen (o tienen el potencial para tener) varios tipos de relaciones, como relaciones afectivas, de solidaridad mutua, políticas y de poder.
(6) El hecho de que todos los seres humanos pertenecen a la misma especie que quienes poseen esas capacidades o relaciones (aunque no todos los seres humanos las posean de hecho).
(7) La afirmación de que la idea de especie no es una mera construcción social (se basa en características biológicas).
(8) La afirmación de que no considerar a los animales no humanos es una actitud natural.
(9) El hecho de que la explotación animal es tradicional y forma parte de la cultura de diversos pueblos.
Con respecto a todos estos intentos, tiene sentido preguntar qué relevancia tienen esas cosas para saber a quién debemos considerar moralmente. Esto vale para todos esos intentos de justificar el antropocentrismo, ya sean los basados en el criterio de la pertenencia a cierta especie, en la posesión de ciertas características metafísicas o en la posesión de ciertas capacidades o relaciones, y también para los que se basan en el hecho de que una distinción se apoye en una característica biológica o en el hecho de que un comportamiento sea natural o tradicional.
Así, este es un primer problema de estos intentos: tendrían que explicar por qué los criterios que utilizan serían relevantes para las cuestiones de consideración moral, y no simplemente darlos por sentados como si fueran obvios. Además, hay un problema todavía más grave: hay razones para pensar que ninguno de esos criterios es relevante para saber a quién dar consideración moral. Esto es lo que señala el , que se presenta a continuación.
1.3. El argumento de la relevancia
El argumento de la relevancia2 parte de la premisa trivial de que, para que un criterio esté justificado, tiene que basarse en una distinción relevante para la cuestión que pretende responder. Por ejemplo, lo que es relevante para evaluar a un candidato a un equipo médico en un hospital son sus habilidades en medicina, si es puntual, si trata bien a los pacientes, etc. En cambio, para evaluar quién debería ser atendido en la sala de emergencias de un hospital, lo relevante es saber quién está herido, quién está gravemente enfermo, quién corre riesgo de morir, etc.
Intercambiar los criterios sería aplicar en un contexto criterios que son relevantes en otro en el que no lo son. Por ejemplo, esto sucedería si se exigiera que, para que alguien fuera aceptado para trabajar en un equipo médico, tuviera que estar enfermo y que, para que alguien fuera atendido por un médico, tuviera que ser también médico. Por supuesto, la actitud absurda descrita en el ejemplo difícilmente se daría en la vida real. Sin embargo, el argumento de la relevancia señala que el patrón moral antropocéntrico incurre en una confusión muy similar. Esto se explicará con más detalle a continuación.
El argumento de la relevancia sostiene que ninguna de las defensas del antropocentrismo adopta criterios relevantes para determinar quién debería recibir consideración moral. Esto sería así porque lo que está en juego en las cuestiones de consideración moral es saber cómo nuestros actos y omisiones podrían afectar positiva o negativamente a quienes se vean alcanzados por ellos. Dar consideración moral a alguien es actuar de modo que se evite perjudicarlo y se procure beneficiarlo. Si esto es así, entonces el criterio adecuado para saber a quién dar consideración moral es saber quién puede ser perjudicado y beneficiado.
La especie a la que alguien pertenece; haber sido creado o no a imagen y semejanza de una divinidad; poseer o no un alma inmortal; tener o no ciertas capacidades y ciertas relaciones; tener o no el potencial para tales capacidades o relaciones; saber si un comportamiento es o no
natural o tradicional, etc.: nada de eso determina quién puede ser perjudicado o beneficiado. Por lo tanto, no pueden ser características relevantes para saber a quién dar consideración moral.
En cambio, ser capaz de tener experiencias positivas y negativas (es decir, ser capaz de disfrutar y de sufrir) determina si alguien puede ser perjudicado y beneficiado. Es por esta razón que los defensores del argumento de la relevancia sostienen que la sintiencia es el criterio adecuado de consideración moral. En los apartados siguientes veremos qué es la y cuál es su conexión con la capacidad de ser perjudicado y beneficiado.
1.4. Lo que es relevante para considerar y lo que es relevante para responsabilizar
Tradicionalmente, criterios que son relevantes para determinar a quién tendría sentido responsabilizar se han aplicado para determinar quién debería recibir consideración moral. Por ejemplo, es común sostener que, para que tengamos obligaciones hacia alguien, es necesario que ese alguien también sea capaz de reconocer obligaciones3; que, para que alguien pueda recibir la protección de los principios de justicia, necesita tener un sentido de la justicia4; que, para tener derechos, necesita ser capaz de entender la noción de derechos5, etc. Estas afirmaciones se han utilizado ampliamente para intentar justificar todo el sufrimiento y la muerte que se causa a los animales no humanos. Sin embargo, la posesión de esas capacidades puede ser relevante para saber a quién responsabilizar, pero no para saber a quién considerar moralmente. Esto ya se reconoce en el caso de los bebés, de los niños, de los seres humanos con discapacidad cognitiva, etc. Se reconoce ampliamente que esos seres humanos son moralmente considerables aunque no sean moralmente responsables. Sin embargo, reconocer esto implica reconocer que todo ser sintiente, independientemente de la especie a la que pertenezca y de las capacidades que tenga, debe recibir consideración moral.
La falta de consideración que suelen recibir los animales no humanos se debe, al menos en parte, a la creencia de que, para que debamos dar consideración moral a alguien, es necesario que ese alguien también sea capaz de actuar moralmente. Sin embargo, como señala
el argumento de la relevancia, esta es una confusión análoga a pensar que, para que alguien deba ser atendido por un médico, es necesario que ese alguien también sea médico.
1.5. El criterio de la sintiencia
Si lo que es relevante para saber a quién dar consideración moral es saber quién puede ser perjudicado y beneficiado, entonces es importante investigar qué hace que alguien pueda ser perjudicado y beneficiado. Ahí reside la importancia de la sintiencia para la ética6.
El término “sintiencia” se utiliza en el debate de la ética animal como sinónimo de conciencia en su sentido más amplio y básico. Se refiere a toda y cualquier experiencia que alguien podría tener, desde las más simples. Es lo que hace que haya alguien, un individuo que habita un cuerpo, y no meramente un cuerpo vivo pero “vacío”. Es lo que separa, por un lado, a un ser humano, un perro, un pez, un crustáceo y una abeja7 y, por otro, un zapato, una planta, una bacteria y un hongo. Así, la sintiencia determina quién puede ser perjudicado o beneficiado porque es ella, en primer lugar, la que determina cuándo en un cuerpo hay alguien y no meramente algo.
Además, otra característica de la sintiencia, directamente conectada con la capacidad de ser perjudicado y beneficiado, es que las experiencias tienen lo que se llama 8, es decir, pueden experimentarse como positivas o negativas. Por ejemplo, si piso un clavo, tengo una experiencia negativa; si escucho una canción que me gusta mucho, tengo una experiencia positiva.
Por esta razón, hay dos maneras básicas en que un ser sintiente resulta perjudicado: por la presencia de lo que le resulte negativo (como sucede cuando sufre, por ejemplo) y por la ausencia de lo que le resulte positivo (como sucede cuando muere o cuando, de alguna otra manera, se le impide disfrutar de algo que lo beneficiaría).
Análogamente, hay dos maneras básicas en que un ser sintiente resulta beneficiado: por la presencia de lo que le resulte positivo (como sucede cuando siente placer, por ejemplo) y por el impedimento de lo que le resulte negativo (como sucede cuando se alivia un sufrimiento, por ejemplo).
Es por esta razón que los animales no humanos necesitan consideración moral. No es porque pertenezcan al reino animal, ni porque estén vivos en un sentido biológico (como lo están las plantas, por ejemplo). Es simplemente porque, como son sintientes, pueden ser perjudicados y beneficiados;
Sin embargo, el criterio de la sintiencia, como cualquier otro criterio, también recibe críticas. En los capítulos restantes examinaremos esas críticas y también varias otras cuestiones recurrentes relacionadas con la ética centrada en la sintiencia.
Practica
Capa de estudio. Las respuestas se basan en el texto del capítulo.
La premisa “trivial” del argumento de la relevancia es que...
¿Qué viene en los capítulos siguientes del volumen?
Para pensar
¿Qué criterio usas realmente para decidir por quién preocuparte?
Notas del autor 8
- 1 Para un análisis más detallado de estos argumentos, ver el primer volumen de esta colección. ↩
- 2 Pueden encontrarse ejemplos del argumento de la relevancia en (2018a) y (2021, p. 57-61). ↩
- 3 Ver, por ejemplo, (1948 [1785]). Para una crítica, ver (2005) y Franklin (2005). ↩
- 4 Ver, por ejemplo, la posición de (1999 [1971], p. 15, 441, 442, 448). Para una crítica, ver (1998). ↩
- 5 Ver, por ejemplo, la posición de Ross (1930, p. 50). Para una crítica, ver (2000). ↩
- 6 Para ejemplos de defensas del criterio de la sintiencia, ver (1996[1989], p. 282n); (2002 [1979], p. 67); Horta (2018a) y Cunha (2021, p. 57-61). ↩
- 7 Sobre la sintiencia en invertebrados, ver Smith (1991); (2001); Mather y Anderson (2007); (2014) y (2019a, 2021d, 2022b). ↩
- 8 Para una definición de valencia, ver Fridja (1986, p. 207). ↩
Fuentes citadas en este texto 19
La lista completa del volumen está en las referencias del Volumen VI.
- BENTHAM, J. Introduction to the principles of moral and legislation. Oxford: Oxford University Press, 1996 [1789].
- BROOM, D. M. Sentience and animal welfare. Wallingford: CABI, 2014.
- CUNHA, L. C. Uma breve introdução à ética animal: desde as questões clássicas até o que vem sendo discutido atualmente. Curitiba: Appris, 2021.
- FRANCIONE, G. Introduction to animal rights: your child or the dog? Philadelphia: Temple University Press, 2000.
- FRANKLIN, J. H. Animal Rights and Moral Philosophy. New York: Columbia University Press, 2005.
- FRIDJA, N.H. The Emotions. Cambridge: Cambridge University Press, 1986.
- HORTA, O. Moral Considerability and the Argument from Relevance. Journal of Agricultural and Environmental Ethics, v. 31, n. 3, p. 369-388, 2018a.
- KANT, I. Groundwork of the metaphysic of morals. London: Hutchinson, 1948 [1785].
- KORSGAARD, C. Fellow Creatures: Kantian Ethics and Our Duties to Animals. The Tanner Lectures on Human Values, v. 24, p. 77-110, 2005.
- MATHER, J. A. Animal suffering: An invertebrate perspective. Journal of Applied Animal Welfare Science, v. 4, p. 151-156, 2001.
- MATHER, J. A.; ANDERSON, R. C. Ethics and invertebrates: A cephalopod perspective. Diseases of Aquatic Organisms, v. 75, p. 119-129, 2007.
- RAWLS, J. A Theory of Justice. Revised Edition. Harvard: Harvard University Press, 1999 [1971].
- ROSS, W. D. The right and the good. Oxford: Clarendon Press, 1930.
- ROWLANDS, M. Animal Rights: A Philosophical Defense. London: MacMillan Press, 1998.
- SINGER, P. Ética Prática. São Paulo: Martins Fontes, 2002 [1979].
- SMITH, J. A. A question of pain in invertebrates. ILAR Journal, v. 33, p. 25-31, 1991.
- ÉTICA ANIMAL. Senciência em invertebrados: uma revisão da literatura neurocientífica. Ética Animal: ativismo e investigação em defesa dos animais, 20 ago. 2019a.
- ÉTICA ANIMAL. Uma fisiologia ilustrada do sistema nervoso de invertebrados. Ética Animal: ativismo e investigação em defesa dos animais, 3 set. 2021d.
- ÉTICA ANIMAL.Senciência em invertebrados: uma revisão das evidências comportamentais. Ética Animal: ativismo e investigação em defesa dos animais, 20 jul. 2022b.
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